¿QUIENES SOMOS?

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La "SOCIEDAD ROOSEVELT", es una organización creada para servir como interlocutor válido ante nuestra sociedad y autoridades, a fin de presentar propuestas y alternativas en lo que concierne a la discapacidad.Si quieres ver y saber más de la SOCIEDAD ROOSEVELT, haz click en esta fotografía, o visita nuestra página web: www.proyectoroosevelt.mex.tl

lunes, 15 de julio de 2013

CONDIF-PERÚ: "ESTE REGLAMENTO ES SÓLO UN PUNTO DE PARTIDA"

Con la presencia de representantes de la sociedad civil, el viernes último, el Consejo Nacional del CONADIS aprobó por arrolladora mayoría el Reglamento de la Ley 29973 – Ley General de la Persona con Discapacidad.
Así, tras seis meses de arduo trabajo de los equipos técnicos del CONADIS y de permanente incidencia de la sociedad civil representada por CONDIF-PERÚ, y con la única abstención del voto del Ministerio de Salud, se concluyó  la etapa de reflexión, sistematización y elaboración final del documento normativo que permitirá viabilizar la aplicación de la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, considerada como la más moderna legislación en toda Latinoamérica en materia de discapacidad.
Para conocer los alcances de este Reglamento,  conversamos con Carlos Alberto Campos, Presidente de CONDIF-PERÚ, uno de los privilegiados asistentes a esta histórica sesión.
PD: ¿Cuáles son sus primeras impresiones tras la aprobación del reglamento?
CAC: “Como CONDIF-PERÚ nos sentimos muy satisfechos, pues desde un inicio estuvimos presentes y hemos permanecido vigilantes de que el texto final del reglamento refleje las necesidades de nuestros hermanos con discapacidad, como lo reconoce el propio CONADIS en su Ayuda Memoria sobre el proceso de reglamentación”.
PD: ¿Es este reglamento todo lo bueno que esperaban?
CAC: “No, creemos que, como toda obra humana, es perfectible, pero no podemos dejar de reconocer que se han recogido muchos de nuestros aportes, los mismos que han sido fruto de más de seis meses de recoger y sistematizar las voces de todas nuestras organizaciones de base a nivel nacional. Además, nos felicitamos de haber sido la ÚNICA organización nacional que ha presentado hasta tres reglamentos alternativos y un sinnúmero de adendas a los mismos, y haber hecho importantes incidencias, tanto a nivel de CONADIS, como en los ministerios y entidades públicas involucradas en esta aprobación”.
PD: ¿Qué viene ahora?
CAC: “Ahora, el reglamento aprobado, pasará primero al Consejo de Vice-Ministros, dónde se cuenta con un breve plazo para últimos aportes, y luego al Consejo de Ministros para su promulgación”.
PD: Entonces, ¿trabajo terminado?
CAC: “Al contrario, este reglamento es sólo el punto de partida; ahora empieza el verdadero trabajo que implicará la real aplicación de la ley que, entre otras cosas, requiere una sociedad civil alerta y vigilante a su cumplimiento”.
PD: ¿Qué opina de aquellas afirmaciones que señalan temas que quedaron fuera del reglamento, como la capacidad jurídica o el papel de los familiares?
CAC: “Que tienen razón, pero que quede claro que no podían estar dentro del reglamento.
En el caso de la capacidad jurídica, este tema compete a la Comisión Revisora del Código Civil, instancia en la que esperamos que las organizaciones especializadas nos acompañen en la incidencia.
En cuanto al tema de los familiares, el silencio de la ley impedía introducirlo en el reglamento, pero anunciamos que iniciaremos la elaboración de una Ley de Familiares, y esperamos que, esta vez, nos podamos unir todos por esta causa”.


PROCESO DE REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N° 29973

1.      1.    Con fecha 24 de diciembre de 2012, se publicó la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, disponiéndose en su Décima Tercera Disposición Complementaria Final que el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo, reglamentará la norma en un plazo de 120 días.

2.    2.  En razón de ello, el CONADIS adoptó medidas para contribuir al proceso de reglamentación del acotado dispositivo legal.

3.  3.    Dentro de ese contexto, con fecha 07 de enero de 2013, se expidió la Resolución de Presidencia  N° 002-2013-CONADIS/PRE, que aprobó la conformación del Equipo de Trabajo para la elaboración del Proyecto de reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.

4.      El referido equipo conforme a su “Plan de Trabajo” procedió a realizar todas las actuaciones correspondientes para la presentación del proyecto de reglamento; el mismo que fue presentado en Sesión Ordinaria N° 001-2013 del Consejo Nacional, de fecha 22 de enero de 2013, según consta en Acta de Sesión Ordinaria N° 001-2013.

5.      Con la Resolución de Presidencia N° 042-2013-CONADIS/PRE, de fecha 01 de marzo de 2013, se aprobó la conformación del Equipo de Trabajo Especializado, responsable de la elaboración del proyecto final del Reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, con la finalidad que se encargue de la articulación intergubernamental e intersectorial para el recojo de aportes.

6.      Cabe precisar que, con fecha 03 de abril de 2013, la Resolución de Presidencia N° 068-2013- CONADIS/PRE modificó la conformación del referido Equipo de Trabajo Especializado, quedando integrado conforme a continuación se detalla:

Equipo de Trabajo Especializado (responsable)

1.   Abog. Gloria Elizabeth Calle Ato
2.   Ing. Mónica Georgina Honores Incio
3.   Abog. Carlos Humberto Vega Espinoza, quien lo presidirá
4.   Abog. Julio César Cóndor Núñez
5.   Eco. CristhianGumercindo Córdova Zavaleta

Equipo de Apoyo

1.   Abog. Jeanette Vanessa Alcántara Wong, quien lo conducirá
2.   Abog. Irma Esther Beteta Ventosilla
3.   Abog. Patricia Aguirre Rodas
4.   Lic. Blanca Elvira Rojas Pérez De Robbins
5.   Econ. Carlos Aurelio Poma Ampuero
6.   Abog. Susana Jannelly Verano Zelada

7.      Sobre lo comentado resulta importante mencionar que el Equipo Técnico Especializado ha realizado diversas acciones para dar cumplimiento al “Plan de Trabajo” y “Cronograma de Trabajo” que se tenían aprobados previamente a su conformación.

8.      En cumplimiento de ello y el derecho de consulta, el CONADIS mediante Oficio N° 199-2013-CONADIS/PRE,  de fecha 15 de febrero de 2013, remitió a los 26 Gobiernos Regionales su proyecto de reglamento de la Ley N° 29973,  Ley General de la Persona con Discapacidad, a fin que brinden los aportes correspondientes.

9.      En el marco de los solicitado por Oficio N° 199-2013-CONADIS/PRE, de fecha 15 de febrero de 2013, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, el CONADIS ha realizado los Talleres denominados  “Aportes para la Reglamentación de la Ley N° 29973 – Ley General para la Persona con Discapacidad”, conforme se detalla a continuación:

Región
Fecha

Lambayeque
12/03/2013
La Libertad
13/03/2013
Puno
13/03/2013
Ucayali
14/03/2013
Tumbes
14/03/2013
Moquegua
15/03/2013
Loreto
15/03/2013
Ancash
19/03/2013
Amazonas
20/03/2013
Cajamarca
22/03/2013
Arequipa
22/03/2013
Callao
26/03/2013
Ayacucho
27/03/2013

10.   Los participantes brindaron aportes de los siguientes temas: Trabajo y Empleo; Educación y Deporte; Salud, Rehabilitación y nivel de Vida Adecuada y Protección Social; y Accesibilidad, suscribiendo las actas correspondientes.

11.   Asimismo en los talleres se contó con la participación de representantes de las diferentes entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Locales, así como representantes de la sociedad civil.

12.   Además cabe precisar que el CONADIS ha implementado en su portal institucional el Foro de Opinión para la Reglamentación de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad; el cual ha servido para que se hagan llegar aportes para la elaboración del proyecto de reglamento.

13.   Por su parte, miembros de la sociedad civil también han remitido directamente al CONADIS sus aportes para la elaboración del proyecto de reglamento. En lo concerniente a la sociedad civil organizada tenemos que la Concertación Nacional para el Desarrollo de las Personas con Discapacidad y Familiares del Perú (CONDIF-PERU) y la Organización Social de Base de Trabajadores Discapacitados de Sachaca (OSB-TRADISA) presentaron de manera independiente una propuesta alternativa de proyecto de reglamento.

14.   Conforme a lo antes expuesto, se habría garantizado el derecho a la consulta en la elaboración del proyecto de reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.

15.   De otro lado corresponde mencionar que para la elaboración del proyecto de reglamento se contó con la participación de los representantes de los sectores e instituciones que integran el Consejo Nacional como son: Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ministerio de Desarrollo Social e Inclusión Social, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Educación, Ministerio de Salud, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de Transporte y Comunicaciones, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ministerio de Producción, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Ministerio de Relaciones Exteriores, Seguro Social, según sesiones que se detallan a continuación:

·       Sesión Ordinaria N° 001-2013 del Consejo Nacional (Acta de Sesión Ordinaria N° 001-2013,  de fecha 22 de enero de 2013)
·       Sesión Extraordinaria N° 001-2013 del Consejo Nacional (Acta de Sesión Extraordinaria N° 001-2013,  de fecha 13 de febrero de 2013)
·       Sesión Ordinaria N° 002-2013 del Consejo Nacional (Acta de Sesión Ordinaria N° 002-2013,  de fecha 19 de marzo de 2013)
·       Sesión Extraordinaria N° 002-2013 del Consejo Nacional (Acta de Sesión Extraordinaria N° 002-2013,  de fecha 27 de marzo de 2013)

16.   Conforme a lo acordado en Sesión Ordinaria N° 002-2013, de fecha 19 de marzo de 2013, y ratificada en Sesión Extraordinaria N° 002-2013, de fecha 27 de marzo de 2013, se conformó un equipo de trabajo integrado por los representantes de los sectores e instituciones que integran el Consejo Nacional; a efectos que se brinden aportes para la elaboración del proyecto de reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.

17.   Los acuerdos adoptados en las reuniones constan en las “Actas de Reunión” suscritas por los participantes los días 02, 04, 08, 10 y 12 de abril de 2013.

18.   Asimismo se informa que en cumplimiento de los acuerdos adoptados, el CONADIS mediante Oficio Múltiple N° 526-2013-CONADIS/PRE, de fecha 05 de abril de 2013, solicitó al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de Economía y Finanzas, Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, Oficina de Normalización Previsional – ONP y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, opinión sobre temas de su competencia que se contemplan en el proyecto de reglamento, con la finalidad que brinden los aportes correspondientes.

19.   Conforme a lo comentado, los representantes de los sectores e instituciones que integran el Consejo Nacional participaron en  02 sesiones ordinarias, 02 sesiones extraordinarias y 05 reuniones de trabajo, en las cuales brindaron sus aportes y conocimientos técnicos, en el ámbito de su competencia, para la elaboración del proyecto de reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.

20.   Del mismo modo el CONADIS por Oficio Múltiple  N° 013-2013-CONADIS/PRE, de fecha  20 de febrero de 2013, solicitó a diversas entidades opinión sobre temas de su competencia que se contemplan proyecto de reglamento de la Ley N° 29973,  Ley General de la Persona con Discapacidad.

21.   En respuesta a ello se recepcionaron aportes de las siguientes entidades: Instituto Peruano de Deporte- IPD; el Jurado Nacional de Elecciones- JNE; la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP; Registro Nacional de Identificación y Estado Civil- RENIEC y la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria- SUNAT.

22.   Conforme a lo expuesto se concluye que se ha realizado la articulación intergubernamental e intersectorial para el recojo de aportes durante la elaboración del proyecto final de reglamento.

23.   Por tanto, el Equipo de Trabajo Especializado ha realizado la sistematización de las acciones y procedió con la evaluación de los aportes brindados, obteniendo como resultado un nuevo proyecto de reglamento; lo cual refleja que se ha dado cumplimiento al encargo encomendado por la Presidencia del CONADIS.

24.   Es así que por Nota N° 026-2013-CONADIS/PRE, de fecha 24 de abril de 2013, el CONADIS remitió al Despacho del Vice Ministerio de Poblaciones Vulnerables el expediente relacionado con  todas las actuaciones realizadas para la elaboración del proyecto de reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Personas con Discapacidad.

25.   Sin perjuicio de ello, con fecha 22 de abril de 2013, el Consejo Nacional durante la Sesión Ordinaria N° 003- 2013 aprobó nuevo cronograma para el proceso de Reglamentación de la Ley N° 29973, Ley General de la Personas con Discapacidad, estableciéndose el 10 de mayo de 2013 y posteriormente 05 de junio de 2013 como fechas para la presentación de  los informes y opiniones del proyecto de reglamento por parte de los sectores.

26.   Ante falta de cumplimiento por parte de algunos sectores del acuerdo adoptado en la Tercera Sesión Ordinaria del Consejo Nacional, se manejó un cronograma de reuniones de trabajo en cual sólo están participando los sectores e instituciones que a continuación se detallan:

ESSALUD (10  de junio de 2013)   
Ministerio de Economía y Finanzas (11 de junio de 2013)  
Ministerio de Relaciones Exteriores (13 de junio de 2013)   
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (14 de junio de 2013)
Ministerio de Salud (14  de junio de 2013)   
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (20  de junio de 2013) 

27.   De las instituciones mencionadas precedentemente sólo el MIMSA y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo no han cumplido con presentar su informe y opinión sobre el proyecto de reglamento. Sin embargo, se hizo una excepción de incluirlos en el cronograma de trabajo porque existe el compromiso del representante de cada uno de los referidos sectores de regularizar el tema lo más pronto posible.

28.   Cabe precisar que durante el proceso de reglamentación se contó con la cooperación  técnica del consultor designado por el Banco Mundial, lográndose elaborar una propuesta de reglamento que recoge los aportes de las diferentes entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Locales, así como representantes de la sociedad civil.

29.   Finalmente, el 05 de julio de 2013, en la Sesión Ordinaria del Consejo Nacional se procedió a la presentación y aprobación de la propuesta de reglamento para su correspondiente tramitación sectorial.

Fuente: CONADIS

BENEFICIOS DE CONTRATAR A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Contratar a personas con discapacidad trae beneficios productivos y en la incesante búsqueda de la motivación y adherencia del Recurso Humano a una compañía y por supuesto del engagement de los clientes hacia la empresa.
Si bien es cierto, las que más se atreven son las multinacionales, es tiempo de que las empresas peruanas derriben el preconcepto de “Discapacidad igual caridad”. Ya que Integrar al trabajo a personas con discapacidad es una gran y real oportunidad de desarrollo.
El llamado en esta oportunidad es a las empresas que desean incorporar al trabajo a personas con discapacidad y no saben cómo hacerlo. El desafío es pasar de la intención a la acción, a través de la implementación y desarrollo de programa inclusivos. No basta con solo decir “soy inclusivo” para demostrar dominio y experiencia en este desafío social, que es en última instancia, la plena integración social de este enorme colectivo.
QUE GANO COMO EMPRESA..?
Contratar a personas con discapacidad, conlleva a beneficios sociales y económicos. Pues la RSE –Responsabilidad Social Empresarial- se ve potenciada dentro y fuera de la compañía, al contratar a trabajadores “capaces”, pero que habitualmente son discriminados a la hora de postular a un empleo junto a otras personas sin discapacidad aparente.
El reconocimiento de los clientes, los trabajadores y sus familias, no tarda en retornar, como un bien superlativo. Por ejemplo, en una empresa donde el promedio de edad apenas bordea los 24 años, estos se irán donde le ofrezcan un mejor sueldo (aunque sean 50 o 100 soles más), por no haber generado vinculo ni adherencia humana con una compañía específica. Esto cambia, cuando lo que impera en la cultura organizacional, es el valor de la diversidad. La empresa, ya no es cualquier empresa, sino que es más consciente y empática.
Algo similar sucede con el trabajador adulto-jóven. Hoy en el mundo, uno de los ítems más valorados por su grado de sofisticación, es la integración de personal diverso, hablo de hombres y mujeres con distintos tipos y grados de discapacidad. La Fundación ONCE en España por ejemplo, durante este año, ha manifestado la dificultad que enfrentan las personas con discapacidad al buscar un empleo y es por esto que ha realizado un llamado a los empresarios españoles, a contratar a personas con discapacidad, destacando que “de esta manera están consiguiendo un beneficio social y económico”.
El mismo mensaje reforzamos en nuestro país a los empresarios, nuestro llamado es a que “hagan un pequeño esfuerzo y que se preparen para el retorno de ganancias humanas y financieras”. En CONDIF-PERÚ sabemos y, por lo tanto, creemos en las capacidades sin límites de nuestro sector de interés. También en el grado de compromiso que adquieren con quienes les dan una real y genuina oportunidad laboral.
ALGUNOS BENEFICIOS DE CONTRATAR A PERSONAS CON DISCAPACIDAD:
Desarrollar y Potenciar la RSE.
Mejorar la imagen y cultura organizacional.
Capacitar y motivar al personal a través de exenciones tributarias.
Reclutar a trabajadores altamente capacitados y comprometidos.
Aumentar las posibilidades de ser proveedor del Estado.
Desarrollar mayor adherencia del Recurso Humano.
Genera Engagement.
Pasar de ser una empresa “productiva” y convertirse en una Desarrollada.
Desarrollar un Programa de Inclusión, denota más consciencia y empatía.
Finalmente, ofrecer una oportunidad laboral a una persona con discapacidad es reconocer su formación y potencial para ejercer una labor eficientemente, dignificándola como ciudadano y garantizando su derecho al trabajo. Es una acción laboral cuyo impacto es a nivel personal, familiar, comunitario y social. Es aportar al desarrollo de una cultura social y empresarial en línea con lo que ya es una tendencia mundial: La Integración.
Contrata a personas con discapacidad, ponte en su lugar.


miércoles, 10 de julio de 2013

SE IMPRIME LEY GENERAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD - LEY 29973 EN BRAILLE

Como una buena forma de que las personas con discapacidad visual conozcan sus derechos, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) presentó el viernes último la impresión en Sistema Braille de la Ley N° 29973 – Ley General de la Persona con Discapacidad.
Los primeros ejemplares de esta Ley fueron entregados a Rodolfo Aguilar Machuca,  Primer Vice-Presidente de CONDIF-PERÚ, y a Hugo León, Presidente de la Confenadip, destacados líderes con discapacidad visual, de manos del Vice Ministro de Poblaciones Vulnerables, Dr. Julio Rojas Julca.
Esto permitirá a las personas con discapacidad visual tener acceso de la información, promoción y conocimientos de sus derechos.
Asimismo, el Conadis entregará la Ley en Braille, a diversas instituciones como centros educativos, de rehabilitación, bibliotecas  y organizaciones de apoyo a la discapacidad.
El Conadis indicó además que el acceso a la información y la educación es el puente al desarrollo y progreso del ser humano y que actualmente, el Gobierno está invirtiendo en capacitación de docentes e implementación de materiales para la educación especial e inclusiva.
Algunos de los lugares que contarán con este material son: CEBE Luis Braille, Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima – Cercil, CEBE San Francisco de Asís, Asociación de Tecnología y Discapacidad – ATECNODIS, Asociación Peruana de Ciegos Católicos - APECC.
Otros de los beneficiados serán los alumnos de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Unión Nacional de Ciegos del Perú- UNCP, Representantes de las Bibliotecas, Nacional, Municipal de San Borja, Miraflores y  el CETPRO Alcides Salomón Zorrilla.