¿QUIENES SOMOS?

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La "SOCIEDAD ROOSEVELT", es una organización creada para servir como interlocutor válido ante nuestra sociedad y autoridades, a fin de presentar propuestas y alternativas en lo que concierne a la discapacidad.Si quieres ver y saber más de la SOCIEDAD ROOSEVELT, haz click en esta fotografía, o visita nuestra página web: www.proyectoroosevelt.mex.tl

miércoles, 24 de junio de 2009

PROPUESTAS DE MODIFICACIÓN A LA PROPOSICIÓN NO. 03264 PROVENIENTE DEL PODER EJECUTIVO

Con fecha 13 de Mayo del 2009, el Poder Ejecutivo presentó al Congreso de la República un proyecto de ley que sanciona las infracciones a las leyes de discapacidad.

Este proyecto, signado como proposición 03264, pasó a ser estudiado por la Comisión de Salud, Población, Familia y Personas con Discapacidad, la misma que, tras un debate no muy extenso, ha dictaminado someterla al pleno de nuestro Congreso.

En la Sociedad “ROOSEVELT” felicitamos la preocupación que demuestra el Poder Ejecutivo al impulsar este proyecto y, sin dudas, agradecemos la celeridad con la que ha sido debatido y elevado al pleno por la Comisión de Salud; pero, quizá, esta misma celeridad sea responsable de algunos aspectos que, a criterio nuestro, bien podrían ser perfeccionados:

Si bien el objeto de la ley es SANCIONAR las infracciones a las leyes de discapacidad (Art. 1), creemos que, mejor planteada, puede también servir como medio de subsanar dichas infracciones e, incluso, superar muchas de las barreras socio-ambientales que afectan a las personas con discapacidad; para el efecto, es necesario involucrar a los gobiernos regionales y locales, quienes a través de las Oficinas Regionales de Atención a las Personas con Discapacidad (OREDIS) o de las Oficinas Municipales de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPEDS) deben participar en el proceso de recepción de denuncias, inspección de las mismas, así como de sanción.

Esto implicaría replantear el papel del CONADIS, como ente de juzgamiento en segunda instancia, en aquellos casos en los que el denunciado, o el denunciante, sientan injusta o exagerada la sanción que se aplique.

Asimismo, significaría modificar el Art. 18 del proyecto de ley, estableciendo que un porcentaje de lo recaudado por concepto de multas se entregue a la Región o Gobierno Local donde se origine la infracción, con cargo a usar parte de estos recursos en la subsanación de las faltas cometidas (siempre que esto fuera posible) o en atender otras necesidades del colectivo de personas con discapacidad de la localidad.

De esta forma no sólo se evitaría crear una relación tensa entre el sector de personas con discapacidad y las demás fuerzas de la sociedad, sino también se lograría fortalecer el papel de las OREDIS y OMAPEDS y avanzar en el proceso de descentralización que, en el caso de las personas con discapacidad, significa también facilitar su acceso a los beneficios que esta ley protege.

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